CLAUSTRO
UNIVERSITARIO DE CHIHUAHUA
DISCRECIONAL
DEL JUEZ
ALUMNA: PERLA JUDITH PORRAS GONZÁLEZ
CATEDRÁTICO: LIC. JOSÉ LUIS PRIETO MONTES
MATERIA: ASESORÍA DE PENOLOGÍA
GRUPO: 8°A
La discrecionalidad del juez se refiere a la revisión de las
sentencias extranjeras y, en su caso, ordenar la ejecución de una de ellas.
Dentro de ésta revisión se otorgan ciertos poderes como son:
- · La imposibilidad de revisar el fondo o litigio resuelto.
- · La equivalencia de resultados
- · Rechazar la decisión cuándo pugne con el orden público mexicano o que implique un fraude a la ley y foro mexicano.
- · Obrar a la recíproca
- · La validez y ejecutabilidad en todo el país dónde se dictó
- · Revisar la forma de la sentencia según la ley de dónde emanó
- · Acoger algunos medios singulares de que se puede valer el juez para favorecer el reconocimiento de una sentencia extranjera
- · Asumir la plenitud de jurisdicción
Varios de éstos poderes otorgados se utilizan al momento en
que se pretende la ejecución de una sentencia extranjera y , para ello, el juez mexicano ejercerá los poderes que la
ley le confiere, sin que esto lo conduzca a la arbitrariedad.
Aunque por otro lado la ley federal mexicana prohíbe que el
tribunal mexicano examine o decida sobre la justicia, o la injusticia del
fallo, o sobre las motivaciones o fundamentos de hecho o de derecho en el que
se apoyó la sentencia extranjera.
Entonces el tribunal
mexicano tiene prohibido revisar el fondo
y los fundamentos o motivos empleados por el juez extranjero al resolver.
En el caso de la ciudad de Chihuahua la prohibición de
revisión del fallo se encuentra expresa en el
.art 770 del código penal del estado-
BIBLIOGRAFÍA
Rentería, Adrián, Discrecionalidad judicial y
responsabilidad, México, Fontamara, 2001, pp. 35 y ss.
Art. 175 del CFPC
Pleno, Quinta época, t. IV, p.309, AR, Díaz, Manuel, 28 de
enero 1919, Mayoría de seis votos,
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